La obra social del estado rionegrino, IPROSS, deberá afrontar los gastos que demanden una serie de intervenciones reconstructivas de mama a las que debe someterse una empleada pública. Así lo ordenó la jueza penal, Marisa Bosco, a cargo del juzgado penal N° 30 y en subrogancia del juzgado civil N° 31, al hacer lugar a un amparo presentado por la mujer de alrededor de 40 años.
La mujer había sufrido una grave afección que provocó que le tuviera que extirpar un pecho, esto fue en Buenos Aires, pero tras la operación la mujer sufrió una grave necrosis en la piel, en el sector operado.
Durante una buena parte, luego de la operación fue atendida en Choele Choel por el médico cirujano, Germán Rosas, por quien pidió la paciente que sea el encargado de operarla junto con el cirujano especialista en cirugías reconstructivas y reparadoras, Claudio Angrigiani, uno de los más reconocidos a nivel nacional.
Pero, ante el pedido de la mujer, desde el IPROSS se le indicó que debía pedir presupuestos con otros especialistas y en otras provincias.
La magistrada hizo lugar al pedido haciendo mención que en Río Colorado se había habilitado a una mujer a realizarse una operación similar. Que existe una construcción de confianza médico paciente, que hace además a la salud psicofísica de la mujer.
Y que "no puede prevalecer la cuestión monetaria sobre la dignidad del paciente".
La cirugía contaría al menos de tres intervenciones que realizarían Rosas y Angrigiani, con una técnica única e inventada por el cirujano y ya aplicada por otros pacientes.
El monto total de la intervención sería de 23.600 pesos.
Pero además, Bosco tomó como jurisprudencia un caso en él cual falló el Superior Tribunal de Justicia a favor del paciente donde se menciona puntualmente "no se debe deshumanizar el acto de curar. El sistema de salud debe tener en cuenta uno de los principales valores como es el respeto a la dignidad humana. El comportamiento de las instituciones médicas debe tender a este fin". El fallo al que hace referencia el STJ corresponde al caso Osdacz, Dora sobre amparo.
Tras la decisión tomada por la jueza la obra social ya fue notificada y ahora de no mediar una apelación, la mujer podrá ser intervenida en breve.
Por otra parte, la magistrada hace mención a que la empleada pública esta "cautiva" de la obra social, dado que no puede apelar a otra por lo que no puede ser excluida en una situación de estas características. "No debe primar el interés económico sobre su dignidad".
La jueza hizo lugar al amparo de manera acelerada dado la gravedad del estado de la mujer. Dado que la empleada pública hizo la presentación a principios de este mes.
Fuente: Hoy Valle Medio
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