El juez Civil y Comercial Eduardo Oroño le había ordenado la semana pasada al Iapos, la obra social más grande de la provincia de Santa Fe, cubrir los gastos de un tratamiento de fertilización asistida y de donación de óvulos para una mujer a la que en su momento le negaron la posibilidad de acceder a ese procedimiento médico.
El magistrado hizo lugar a un recurso de amparo presentado en septiembre de 2009 por una afiliada al Iapos que deseaba someterse a un tratamiento de fertilización asistida.
Pero la obra social de los empleados públicos santafesinos rechazó la solicitud con el argumento del vacío legal que existe en el tema.
Entre sus considerandos, Oroño expresó que "la ausencia de un marco normativo que contemple cuestionamientos bioéticos debería ser una realidad efectiva respecto de los ciudadanos y no sólo una excusa para excluir de tales prácticas a los que no tienen el poder económico para hacerlo". Y agregó: "No resulta admisible, al menos jurídicamente, que exista una moral para ricos y otra para pobres".
Tras la resolución, el abogado patrocinante de la mujer, Juan Marcelo Di Santo, se quejó por "el vacío legal existente en Santa Fe y el resto del país", al tiempo que planteó la necesidad de "cumplir con todos los derechos a salud".
No obstante, el letrado aclaró que la decisión del juez no está firme.
"Es interesante el fallo porque le dio la oportunidad de ser madre a alguien que no tiene dinero para afrontar el tratamiento", indicó el abogado.
Según Oroño, la afiliada al Iapos tendrá derecho a la realización de tres intentos de fertilización asistida, procedimientos que se concretarán mediante la donación de óvulos.
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